¿Estabas registrada/o en tu Consulado como RESIDENTE antes del 1 de Julio de 2019?
SÍ – Entonces eres elector “CERA[1]”
1) Solicitud de voto:
A) Si solicitaste el voto para las Elecciones Generales de 28 de abril de 2019 y fue aceptada, no es necesario que lo vuelvas a solicitar para estas próximas elecciones.
B) En caso contrario, hasta el 19 de octubre: solicita tu voto cuanto antes sin acudir a tu Consulado:
- Por internet en este enlace con el certificado electrónico de tu Documento Nacional de Identidad español o con la clave de tramitación telemática (CTT) que recibirás de oficio por correo postal en tu domicilio de inscripción.
- Por correo postal o fax: rellena y firma el impreso disponible en este enlace y envíalo a la Oficina del Censo Electoral en la provincia en la que estás censado/a (todas las direcciones y faxes están disponibles aquí).
2) Recibirás en la dirección indicada en tu solicitud toda la documentación, y una hoja informativa para votar.
Cuando la documentación esté en camino, con el código del envío (disponible en este enlace), podrás usar este enlace para localizar el envío o intentar recogerlo directamente en tu oficina de Correos.
3) Tendrás dos opciones para votar:
- Depositando personalmente su voto en la urna habilitada en el Consulado donde estés registrado los días 6, 7 y 8 de noviembre.
- Remitiendo tu voto cuanto antes por correo certificado al Consulado no más tarde de 5 de noviembre.
NO – Entonces eres elector “ERTA[2]”
1) Hasta el 19 de octubre: solicita tu voto cuanto antes acudiendo personalmente a un Consulado.
- Si no lo estuvieras, deberás registrarte en persona en el Consulado como "no residente", manteniendo tu empadronamiento en España (formulario disponible en este enlace), aportando también una fotografía y una fotocopia de tu pasaporte y, si lo tienes, de tu Documento Nacional de Identidad.
- En el mismo momento, podrás entregar en tu Consulado el impreso de solicitud de voto (disponible en este enlace).
2) Recibirás en la dirección indicada en tu solicitud toda la documentación y una hoja informativa para votar.
Cuando la documentación esté en camino, con el código del envío (disponible en este enlace), podrás usar este enlace para localizar el envío o intentar recogerlo directamente en tu oficina de Correos.
3) Cuanto antes, hasta el 6 de noviembre: deberás enviar tu voto por correo certificado siguiendo las instrucciones de la hoja informativa y asegurándote de que se hace constar claramente en el matasellos la fecha del envío.
04/10/19